Un hombre fue demandado por su pareja sentimental, después de que, este la agrediera por enterarse que le estaba revisando el celular sin autorización.
El polémico fallo se presentó en la ciudad de Bogotá, en donde un colombiano, se presentó ante la justicia de su país para exponer su caso.
El hecho se volvió viral en las redes sociales, para algunas personas fue absurdo que hayan fallado a favor del agresor.
¿Por qué el fallo estuvo a favor del hombre?
Resulta y acontece que, el ciudadano, llamado Favio Alirio, pilló a su mujer fisgoneándole el celular, por lo tanto, la agredió físicamente.
Desde ese momento, se formó la batalla campal, pues al forcejear con su novia, ella presentó una queja, pero él no se quedó con los brazos cruzados.
Así que, recurrió a la revocatoria de la condena en contra de su compañera sentimental porque según él, su acto de furia, fue legítima defensa.
Además, resaltó que, al invadir su privacidad, tenía el derecho de reaccionar de la manera en la que lo hizo.
Por lo tanto, la sentencia la llevó a cabo el magistrado Jaime Andrés Velasco en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
En la descripción del fallo, se hace énfasis en que, la agresión doméstica debe ser analizada profundamente, porque no siempre se trata de un caso de violencia intrafamiliar.
Primeramente, se procede a investigar el contexto para establecer la magnitud de la agresión.
Tras mencionar las aclaraciones, se llegó a la conclusión de que, no se comprobó que la dama hubiera sido objeto de maltrato o humillaciones.
Esta es la parte de la sentencia en la que defienden su postura:
Y mucho menos de ningún otro tipo de violencia o discriminación hacia la mujer.
Así que, según los argumentos, el Favio denunciado, “obró en legítima protección de un bien jurídico tutelado con rango de derecho fundamenta, la intimidad”, manifestó el juez.
Sin embargo, el hombre deberá cumplir una condena de ocho meses en presión por haber agredido a su pareja sentimental.
Tal parece que, al momento de la mujer revisar sin autorización y abusivamente su teléfono, era una inminente vulneración para el chico.
Finalmente, el hombre salió victorioso, pues quien representó su caso, señaló que, la perspectiva de género no implica el detrimento de garantías.